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Metodología para la valoración de los expedientes presentados por las y los candidatos a integrar el Comité de Participación Ciudadana del SEA Zacatecas

 

 23 de enero de 2020

 

Todos los expedientes serán revisados para asegurar que las y los candidatos cumplan con los requisitos establecidos tanto por la Ley General del Sistema Estatal Anticorrupción como por la Convocatoria para postular candidatos al Comité de Participación Ciudadana del SEA, y que son los siguientes:

No.                Requisito                                                                                               Instrumento probatorio

 

1. Ser ciudadano mexicano con residencia en Zacatecas.                           Acta de nacimiento o credencial del INE.

2. Tener más de treinta y cinco años de edad al día de la designación.    Acta de nacimiento.

3. Experiencia verificable de al menos cinco años en materias de             Revisión curricular.

transparencia, evaluación, fiscalización, rendición de cuentas                   

o combate a la corrupción.

4. Poseer al día de la designación, con antigüedad, mínima de diez         CV ( Copia simple de título y cédula profesional).

años, título profesional de nivel licenciatura.

5. Carta de postulación.                                                                                  Carta de postulación de al menos una institución u 

                                                                                                                           organización académica, social, empresarial,

                                                                                                                           profesional, sindical o de otro tipo.  

6. Gozar de buena reputación.                                                                       Carta de postulación.                                                                                  

 

7. No haber sido condenado por algún delito.                                               Carta bajo protesta de decir verdad.

8. No haber sido registrado como candidato, ni haber desempeñado       Carta bajo protesta de decir verdad.

cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años

anteriores a la designación.

9. No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección                   Carta bajo protesta de decir verdad.         

nacional, estatal o municipal en algún partido político en los últimos

cuatro años anteriores a la designación.

10. No haber sido miembro, adherente o afiliado a algún partido político,    Carta bajo protesta de decir verdad.

durante los cuatro años anteriores a la fecha de emisión de la

convocatoria.

11. Que no ha desempeñado el cargo de Procurador de Justicia del            Carta bajo protesta de decir verdad.           

Estado, subsecretario u oficial mayor en la administración pública federal,

estatal o municipal, Gobernador o Secretario de Gobierno, Presidente

Municipal, Regidor o Síndico en el año inmediato anterior a la emisión

de la Convocatoria.

12. Exposición de motivos.                                                                                   Exposición de motivos de máximo 5000 caracteres.

                                                               

Los expedientes que no cumplan con alguno de los requisitos 1, 2, 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12  serán desechados automáticamente. Los expedientes en los que exista duda sobre los requisitos 3, 6 y 7 así como cualquier otro expediente que a juicio de alguno de los integrantes de la Comisión considere que amerite ser revisado, deberán ser examinados por un grupo de trabajo de 2 integrantes de la Comisión. Este grupo de trabajo deberá elaborar un proyecto de acuerdo de desechamiento debidamente fundado y motivado, que se someterá al Pleno de la Comisión y que una vez aprobado deberá ser público.

 

Una vez concluido este proceso, la Comisión emitirá un acuerdo con los nombres de los candidatos cuyo expediente será valorado, y lo publicará.

Se diseñarán cédulas específicas para valorar la correspondencia entre las competencias verificables de los aspirantes y los criterios establecidos por la Comisión. Esta cédula contendrá los siguientes elementos:

 

El primer elemento a valorar es verificar la experiencia de al menos cinco años en materia de transparencia, evaluación, fiscalización, rendición de cuentas o combate a la corrupción.

 

Esta evaluación constará en un criterio binario (sí/no) tomando en consideración la experiencia y/o pertenencia de los y las aspirantes en órganos, instituciones académicas u organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la transparencia, la evaluación, la fiscalización, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción, así como sus aportaciones académicas, profesionales y/o civiles en la materia. Para este efecto entenderemos por:

 

Transparencia: se refiere a las actividades orientadas a generar, divulgar, mejorar la calidad o conservar los datos y flujos de información gubernamentales, o las actividades tendientes a promover o exigir la generación, divulgación, mejora de la calidad o la conservación de esos datos y flujos de información.

 

Se considerará que las actividades relacionadas con el estudio, la promoción, el ejercicio o la supervisión del derecho de acceso a la información constituyen actividades relacionadas con la transparencia.

 

Evaluación: son las actividades relacionadas con el desarrollo o el estudio de los instrumentos y procesos utilizados para medir—cualitativa o cuantitativamente—los efectos y resultados de una intervención gubernamental.

 

Fiscalización: es el estudio o las actividades relacionadas con la comprobación del uso de los recursos públicos de conformidad con las normas jurídicas aplicables en cuanto a los ingresos y gastos públicos, así como la deuda pública, incluyendo la revisión del manejo, la custodia y la aplicación de recursos públicos, así como de la demás información financiera, contable, patrimonial, presupuestaria y programática de las dependencias y entidades públicas.

 

Este concepto incluye el desarrollo y práctica de las auditorías sobre el desempeño orientadas a verificar el grado de cumplimiento de los objetivos de los programas gubernamentales.

 

Rendición de cuentas: se refiere al estudio y a las actividades relacionadas con los mecanismos e instrumentos de control de los gobernados hacia sus gobiernos; concierne no sólo a las instituciones públicas sino también a los procesos (por ejemplo, electorales o fiscales) así como a la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos.

 

Combate a la corrupción: se refiere al estudio o a las actividades relacionadas con las acciones,

proyectos, programas o políticas dirigidos a prevenir, reducir, investigar o sancionar prácticas asociadas a la corrupción.

 

Una vez que se haya constatado la experiencia requerida por la Ley, se procederá a llenar las cédulas correspondientes que contendrán los siguientes elementos:

 

1. Experiencia o conocimiento en:

 

a. Medidas y políticas anticorrupción, en particular responsabilidades administrativas o adquisiciones y obra pública;

 

b. Fiscalización, presupuesto, inteligencia financiera, contabilidad gubernamental o auditoría gubernamental;

1. Experiencia o conocimiento en:

a. Medidas y políticas anticorrupción, en particular responsabilidades administrativas o adquisiciones y obra pública;

b. Fiscalización, presupuesto, inteligencia financiera, contabilidad gubernamental o auditoría gubernamental;

c. Acceso a la información y transparencia;

d. Procuración o administración de justicia, en particular, sistema penal acusatorio;

e. Plataformas digitales; tecnologías de la información; y sistematización y uso de información gubernamental para la toma de decisiones.

 

Los reactivos a al e se evaluarán con base en el CV, la experiencia o conocimientos tomando en cuenta la trayectoria profesional, la pertenencia a organizaciones, la experiencia, los proyectos realizados, las publicaciones académicas o cualquier otro elemento indicativo de la experiencia o conocimiento en la materia.

 

2. Experiencia o conocimiento en el diseño, implementación, evaluación o análisis de política pública.

 

3. Experiencia o conocimiento en el diseño de indicadores y metodologías en las materias de esta convocatoria.

 

4. Experiencia en vinculación con organizaciones sociales y académicas; específicamente en la formación de redes, así como en coordinación interinstitucional e intergubernamental.

 

5. Experiencia en la creación y/o consolidación de instituciones públicas, privadas, o sociales.

 

6. Reconocimiento en funciones de liderazgo institucional o social.

 

Entendemos por liderazgo la capacidad para incidir y movilizar a otros para la consecución de ciertos objetivos, en particular los relacionados con la materia de esta convocatoria.

 

7. Experiencia laboral o conocimiento de la administración pública federal, estatal o local.

 

8. Experiencia de participación en cuerpos colegiados o mecanismos de participación ciudadana.

 

Dada la importancia del trabajo colegiado que llevará a cabo el Comité Ciudadano se valorará de manera particular las experiencias exitosas que hayan demostrado las y los aspirantes como miembros de otros cuerpos colegiados, de cualquier naturaleza. El Comité no sólo observará que existan experiencias previas de trabajo en equipo, sino que éstas hayan producido resultados favorables.

 

 9. Gozar de buena reputación pública y/o prestigio profesional

La Comisión tomará en cuenta las referencias y los datos de los que disponga para emitir una opinión sobre el prestigio y la reputación pública que las y los aspirantes hayan acumulado durante su trayectoria profesional.

10. Vínculos con la academia, las organizaciones sociales, gremiales y empresariales

 

Para este propósito se tomarán en cuenta las cartas de postulación y cualquier otro elemento que permita establecer el vínculo con las instituciones y organizaciones.

 

11. Objetividad, autonomía e independencia

 

Este reactivo considerará la evidencia disponible para acreditar que las o los aspirantes hayan dado prueba de su objetividad y autonomía en el desarrollo de sus trayectorias profesionales previas, sin someter sus decisiones a criterios diferentes al cumplimiento de sus cometidos y observando el más estricto apego a la ley. Asimismo, el Comité pondrá especial atención en la independencia de las trayectorias personales y profesionales de las y los aspirantes respecto los partidos políticos o grupos de poder públicos o privados.

 

12. Calidad, estructura y argumentos presentados en su exposición de motivos.

 

En este reactivo se valorará la calidad y la estructura de la exposición de motivos, tanto en sus propios méritos, como en función de las nuevas responsabilidades que asumirá en el Comité de Participación Ciudadana. Asimismo, la Comisión valorará la idoneidad de la candidatura, así como su congruencia con los principios y los objetivos del SEA.

 

13. Correspondencia entre la trayectoria profesional y las funciones del Comité Ciudadano del SEA.

 

Quienes integren el Comité deberán cumplir funciones, tomar decisiones y emitir recomendaciones respecto del SEA. Asimismo, por la naturaleza del cargo, deberán afrontar desafíos profesionales derivados de la agenda pública del estado y acreditar experiencia ante situaciones políticas y sociales complejas. La Comisión observará las cualidades que las y los aspirantes consigan acreditar para cumplir tanto en la función directiva que asumirán, como en relación con la visibilidad pública de sus decisiones. Se tomarán en cuenta las razones expuestas por cada candidato para postularse al puesto y la experiencia profesional verificable en el currículo.

 

El reactivo 1 que comprende los elementos a al e tendrá una puntuación máxima total de 6 puntos. Cada elemento a al e podrá ser evaluado con una escala de 0, 1 o 2, pero en ningún caso el valor total del reactivo podrá ser mayor a seis.

 

Cada uno de los rubros del 2 al 13 se calificará con una escala de 1 a 4 donde:

 

1 es suficiente (margen de la legalidad)

2 es satisfactorio

3 es bueno

4 es muy bueno

 

El puntaje total de la cédula será la suma del puntaje de cada rubro. En caso de que las valoraciones del grupo de tres integrantes de la Comisión difieran en más de un 25 % entre ellas, se desechará la calificación más baja y el expediente será revisado de nuevo por otro miembro de la Comisión. La evaluación del tercer o cuarto evaluador será definitiva. El puntaje total de cada candidato será el promedio simple de las tres cédulas.

Todos los casos serán discutidos por la Comisión en pleno y todos sus integrantes tendrán libre acceso al expediente. La Comisión por mayoría calificada podrá, de manera justificada, modificar los puntajes de uno o varios rubros específicos.

 

Una vez concluido el proceso de evaluación, la Comisión en pleno conocerá los resultados del ejercicio y determinará el número de candidatos que pasará a la etapa de entrevistas. Pasarán a la etapa de entrevistas las o los candidatos con mayor puntaje. La Comisión por mayoría simple podrá ampliar el número de entrevistados cuando existan razones que lo justifiquen.

 

 

Entrevistas

 

Los candidatos seleccionados serán convocados a una entrevista pública con el Pleno de la Comisión. Esta entrevista tendrá como propósito conocer de manera directa la visión que tiene el candidato del SEA y en particular de las funciones del Comité de Participación Ciudadana, así como de las aportaciones que en particular puede realizar. También tiene como propósito aclarar dudas o aportar mayores elementos de juicio sobre la trayectoria profesional del candidato y su idoneidad para formar parte del Comité de Participación Ciudadana.

 

Las entrevistas se llevarán a cabo en la sede que determine la Comisión, y podrá asistir a ellas cualquier persona previo registro. Las organizaciones podrán participar mediante el envío de preguntas por escrito formuladas para las y los candidatos, las cuales serán consideradas por la Comisión y deberán ser recibidas con al menos 24 horas de anticipación en el correo electrónico: seleccion.cpcseazac@gmail.com

 

A cada candidato se le enviará un documento con los temas que serán tratados durante las entrevistas, y se le otorgarán hasta 10 minutos para exponerlos. Posteriormente los miembros de la Comisión podrán realizar preguntas específicas hasta por 20 minutos adicionales.

 

Para valorar el desempeño de las y los candidatos durante las entrevistas se diseñará una cédula que considera los siguientes elementos, cada uno de los cuáles se califica en una escala de suficiente (1), satisfactorio (2), bueno (3) y muy bueno (4).

 

a) Dominio de los temas materia del Comité: transparencia, rendición de cuentas, combate a la corrupción y aspectos relacionados.

 

b) Visión del SEA

 

c) Capacidad de advertir los retos que enfrentará el SEA así como la forma de resolverlos

 

d) Claridad y visión sobre el papel del Comité de Participación Ciudadana dentro del SEA (objetivos y funciones)

 

e) Estructura lógica del pensamiento, capacidad de síntesis y sentido crítico en la presentación de explicaciones y argumentos.

 

f) Visión congruente con los principios constitucionales del SEA

 

g) Liderazgo y capacidades de comunicación

 

El puntaje total obtenido por cada candidato será el resultado del promedio simple de las cédulas que se obtengan. Cada candidato deberá tener al menos tres cédulas.

 

El puntaje obtenido en la entrevista será un elemento que orientará la decisión de la Comisión en la conformación del Comité Ciudadano. Otros elementos que se valorarán en la decisión son la diversidad de género, de experiencias profesionales y de perspectivas disciplinarias. También se considerará con especial cuidado las trayectorias de vida, la aptitud de trabajar en un órgano colegiado, la independencia, la capacidad de vinculación con la sociedad y la calidad de juicio.

 

Los miembros de la Comisión votarán en sesión pública para designar a los miembros del Comité de Participación Ciudadana, y lo comunicarán al Comité de Participación Ciudadana y al Congreso del Estado.

 

COMISIÓN DE SELECCIÓN DEL COMITÉ DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL SEA ZACATECAS

SERGIO ALBERTO GUAJARDO DEL HOYOO

GERMÁN MORALES ENRÍQUEZ

ENRIQUE DÁVILA DEL REAL

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